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El Parlamento Europeo avanza en la cultura de la muerte y pide que se considere un derecho fundamental europeo la opción de matar a los no nacidos

15-APRIL • ALL •

Por 336 votos a favor y 136 en contra, el PE instó el pasado jueves 11 de abril de 2024 a las instituciones europeas a que incluyan este llamado «derecho» al aborto en los derechos fundamentales. Aumenta así su declarada desprotección a los europeos más vulnerables, los que no tienen voz ni voto, no son deseados o presentan algún tipo de discapacidad cuando se encuentran aún en el vientre de sus madres. Al mismo tiempo concede a las madres la licencia de acabar con la vida de sus hijos, al llamar «derecho» a este crimen rebautizado como «interrupción del embarazo».

40 Días por la Vida Internacional condena rotundamente esta deriva legislativa y llama a los europeos y a toda la comunidad internacional a orar por la erradicación del aborto y por la conversión de todos aquellos que, de una u otra forma, apoyan o colaboran con el aborto. Más que nunca se hace palpable la sinrazón de una parte de la clase política que debe ser contestada con una batalla espiritual y cultural.

La medida supone ahondar en el suicidio progresivo de la sociedad europea, que ya registra los índices de natalidad más bajos de su historia y necesita cada vez más de inmigrantes que cubran el mercado laboral.

Además se intenta silenciar a las asociaciones civiles y religiosas provida, censurando su libertad de expresión. No es sólo un ataque frontal a la vida como don, sino a los derechos civiles más fundamentales. Es un ataque contra la propia democracia. Se enarbola una libertad pervertida precisamente para suprimir la verdadera.

La razón y los valores universales han dejado de ser el criterio de decisión en la cámara europea. Es bien conocido que llamar «derecho» al aborto es incompatible con el derecho a la vida, que es anterior y superior a todos los demás, incompatible con la ciencia que afirma sin dudas que la vida humana comienza en la concepción, e incompatible asimismo con la no discriminación y la igualdad de trato (ya que desprotege subsidiariamente a los seres humanos no deseados, los que podrían tener o tienen alguna discapacidad o a los que sencillamente son descartados por cualquier razón subjetiva). 

Esta resolución ignora de forma inhumana el sufrimiento y la tortura a la que se somete a los fetos en gestación cuando son abortados. Y lo hace ayudado de la ofuscante terminología creada por el abortismo internacional con los «derechos sexuales y reproductivos» para disfrazar de compasión el hecho «matar violentamente a un bebé no nacido».

La resolución del Parlamento Europeo no tiene aplicación inmediata, ya que un cambio en los derechos fundamentales necesitaría de la unanimidad de los países miembros y aún hay 3 (Hungría, Malta y Polonia al menos) que no parecen dispuestos a facilitarla, a pesar de que han sufrido presiones y castigos financieros. Sin embargo será utilizada para reforzar el discurso proabortista en las legislaciones nacionales, aunque contravengan e incumplan los tratados y convenios internacionales vinculantes.

El instituto legal polaco ORDO IURIS, en un documento publicado poco antes de la votación, ha señalado las flagrantes contradicciones de esta resolución:

  • El supuesto «derecho al aborto» no está en ninguna legislación internacional vinculante.
  • Numerosos países se han opuesto a aceptar los llamados «derechos sexuales y reproductivos» que no son otra cosa que otro eufemismo más para esconder el negocio del aborto o la eugenesia, sin base legal real.
  • Incluso tratados internacionales como el emanado de la Conferencia Internacional de El Cairo en 1994, afirman que el aborto no puede ser promovido como un método de planificación familiar y que los Estados deben actuar para limitarlo al máximo.
  • La Unión Europea no tiene competencia sobre la política sanitaria, que corresponde a los estados miembro (artículos 6 y 168 del Tratado de la UE). Es inaceptable por lo tanto que se presione a los estados en esta materia.
  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos nunca ha limitado el alcance del artículo 2 ni ha desprotegido a los no nacidos.
  • La objección de conciencia sigue siendo un derecho fundamental que deriva de la libertad de conciencia y religiosa y que está protegido por diversas constituciones nacionales y por la Convención para la Protección de los Derechos Humanos Fundamentales y Libertades, entre otros.

No es la primera vez que el PE vota a favor del aborto. Las anteriores no supusieron ningún cambio efectivo en la legislación a nivel europeo.

Es llamativo que la nota de prensa del PE utiliza el discurso de los grupos de izquierda, sus conceptos neolingüísticos y eufemismos, e ignora la postura de los diputados en contra. El gabinete de prensa del PE supuestamente debería comportarse con neutralidad al informar de las resoluciones y no actuar como un emisor de propaganda proabortista o de los partidos políticos que la difunden.

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